Cuánto me corresponde de paga extra si no llevo el año completo

Proporcional es lo que te corresponde si no llevas el periodo completo trabajado: se calcula por días, no se cobra entera. Prorrateada es otra cosa distinta: que tu empresa reparte las dos pagas extra en las 12 nóminas en vez de pagarlas aparte. Con 21.000 € brutos al año, 182 días trabajados dan 1495,89 € de paga proporcional; y si la tuvieras prorrateada, cada nómina sube 203,70 € al mes en vez de recibir esa paga aparte.

Cálculo de , que lleva las nóminas y los modelos de la AEAT de su cooperativa · revisado en agosto de 2026 contra el BOE y la Agencia Tributaria (fuente exacta en la metodología) · no es asesoramiento fiscal.

Introduce tu salario bruto anual y los días que llevas devengando la paga (desde que empezaste o desde tu última paga extra). Abajo tienes las dos cuentas por separado y el artículo del Estatuto en el que se apoyan.

Tu paga extra proporcional (si la cobras aparte)
1495,89 €
Si la tuvieras prorrateada, tu nómina sube al mes
203,70 €

Estimación en bruto (paga extra) y en neto (diferencia de nómina, con la cotización e IRPF estimados de 2026). Asume el mínimo legal de dos pagas extra de una mensualidad cada una: si tu convenio fija otro importe, ajusta el bruto anual proporcionalmente. No es asesoramiento laboral ni fiscal.

¿Vas a dejar la empresa? Lo que se liquida al cese no es solo la paga extra: es la calculadora de finiquito completa, con vacaciones y días del último mes incluidos.

Dos preguntas distintas que se confunden con la misma palabra

«Proporcional» y «prorrateada» aparecen las dos junto a «paga extra» en las búsquedas, pero responden a situaciones diferentes. La proporcional es la que te corresponde cuando no has trabajado el periodo de devengo completo: llevas menos tiempo en la empresa que el periodo que cubre esa paga, así que cobras la parte que has generado, no la paga entera. La prorrateada no tiene que ver con cuánto tiempo llevas trabajando: es una forma de pago que tu empresa elige, en la que las dos gratificaciones extraordinarias del art. 31 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, BOE-A-2015-11430) se reparten en las 12 nóminas en vez de pagarse aparte en junio y diciembre.

La paga extra proporcional: por qué no es la paga entera

El art. 31 ET reconoce dos gratificaciones extraordinarias al año como un derecho del trabajador. Cuando empiezas (o cambias) a mitad de un periodo de devengo, ese derecho se ha generado solo por el tiempo trabajado dentro de ese periodo: la fórmula es importe de las dos pagas × (días trabajados ÷ días del periodo). Es exactamente el mismo cálculo que usa la parte de pagas extra de un finiquito cuando alguien deja la empresa a mitad de año: aquí se aplica al empezar, en vez de al terminar.

La paga extra prorrateada: mismo dinero, reparto distinto

Sin prorrateo, tu bruto anual se divide entre 14 pagas (12 mensualidades + 2 extras) y cada una vale lo mismo: bruto anual ÷ 14. Con prorrateo, ese mismo bruto anual se divide entre 12 mensualidades, así que cada nómina es mayor pero no hay pagas sueltas en junio ni en diciembre. El total que cobras en el año, antes de impuestos, es idéntico en los dos sistemas — cambia solo cuándo lo recibes, no cuánto.

Ejemplo resuelto

Con un salario bruto de 21.000 €/año y 182 días trabajados desde la última paga (medio periodo de devengo):

  1. Importe de las dos pagas extra completas: 21.000 € × 2 ÷ 14 = 3000,00 €.
  2. Proporcional a 182 de 365 días: 3000,00 € × (182 ÷ 365) = 1495,89 €.
  3. Nómina neta mensual sin prorratear (14 pagas): 1222,17 €.
  4. Nómina neta mensual prorrateada (12 pagas): 1425,87 €.
  5. Diferencia mensual por el prorrateo: 203,70 € más al mes, a cambio de no recibir la paga aparte.

Metodología: dos gratificaciones extraordinarias al año y su reparto opcional en 12 mensualidades, art. 31 ET (Real Decreto Legislativo 2/2015, BOE-A-2015-11430). Paga extra completa = salario bruto anual × 2 ÷ 14; proporcional = esa cifra × (días devengados ÷ días del periodo). La nómina neta mensual usa el mismo motor de cotización e IRPF 2026 que la calculadora de nómina. Es una estimación orientativa: el importe exacto de cada paga y su fecha de devengo dependen de tu convenio colectivo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es exactamente una paga extra?

Si tu empresa da 14 pagas al año (12 mensualidades + 2 extraordinarias), cada paga —ordinaria o extra— vale lo mismo: tu salario bruto anual dividido entre 14. Es un error habitual calcularla como "un mes de sueldo" usando el bruto anual dividido entre 12: esa cifra es la mensualidad de quien cobra en 12 pagas prorrateadas, no el importe de la paga extra de quien las cobra aparte.

¿Qué significa que la paga extra esté "prorrateada"?

Que tu empresa no te la paga aparte en junio o diciembre: la reparte a lo largo de las 12 nóminas normales. Tu bruto anual es el mismo en los dos sistemas, lo único que cambia es el reparto: con prorrateo cobras más cada mes y nada aparte en verano o Navidad; sin prorrateo cobras menos cada mes y dos pagas extra sueltas.

¿Cuánto me corresponde de paga extra si llevo menos de un año en la empresa?

Se calcula proporcional a los días que llevas trabajando desde que empezaste (o desde el cobro de tu última paga extra) hasta que termina el periodo de devengo. El art. 31 del Estatuto de los Trabajadores reconoce las dos gratificaciones extraordinarias como un derecho que se devenga con el tiempo trabajado, igual que ocurre con la parte proporcional que se liquida en un finiquito.

¿Puede mi empresa dar menos de dos pagas extra al año?

No por debajo del mínimo: el art. 31 ET fija dos gratificaciones extraordinarias al año como derecho mínimo (una de ellas con ocasión de Navidad). El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar ese mínimo —más pagas, o un importe superior a una mensualidad—, pero no reducirlo. El importe exacto de cada paga, si no lo fija el convenio, se entiende una mensualidad completa.

¿La paga extra tributa igual que el resto del sueldo?

Sí. A efectos de IRPF y de cotización a la Seguridad Social se integra en tu retribución del año igual que cualquier otra paga: no hay un tipo distinto por ser "extra". Lo que puede variar es cómo reparte la empresa la retención entre pagas, pero el resultado del año es el mismo. Puedes verlo con tu sueldo real en la calculadora de nómina.

Para ver tu nómina completa mes a mes, con 12 o 14 pagas, usa la calculadora de nómina. Y si lo que necesitas es liquidar todos los conceptos al dejar la empresa, la calculadora de finiquito.

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