Calculadora de finiquito

Finiquito bruto
3.005,87 €
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Días: 845,40 € · Vacaciones: 450,88 € · Pagas extra: 1.709,59 €
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En bruto (sin retenciones de IRPF ni Seguridad Social). No incluye indemnización por despido ni otros conceptos específicos de tu convenio colectivo.

Cálculo de , que lleva las nóminas y los seguros sociales de su cooperativa · revisado en octubre de 2026 contra el BOE, el Estatuto de los Trabajadores y la Seguridad Social.

Calcula el finiquito que te corresponde: el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. Gratis y sin registro.

El finiquito no es una indemnización, y por eso se cobra siempre: también si te vas voluntariamente o si el despido es procedente. Es dinero que ya has ganado y no te han pagado todavía. Con 24.000 € brutos en 14 pagas, 15 días trabajados del mes, 8 días de vacaciones pendientes y media paga extra devengada salen 3.005,87 € en bruto: 845,40 € de días, 450,88 € de vacaciones y 1.709,59 € de pagas. Firmarlo no implica aceptar el despido si añades «no conforme».

El finiquito no es la indemnización. Si tu contrato termina por despido objetivo o improcedente, puede corresponderte además una indemnización aparte según la antigüedad.

Qué conceptos incluye el finiquito

El finiquito liquida las cantidades ya devengadas y pendientes de pago en el momento en que termina la relación laboral, sea cual sea el motivo (fin de contrato, baja voluntaria, despido, etc.). El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a acompañar la comunicación del cese con una propuesta de liquidación. Los tres bloques habituales son:

1. Salario de los días trabajados: los días del último mes que ya has trabajado y aún no se han pagado. Se calcula con el salario diario ordinario —por día natural, igual que las vacaciones— multiplicado por los días trabajados. Si cobras 14 pagas, ese salario diario es el bruto anual sin las dos pagas extra (bruto × 12/14) entre 365, porque las extras se liquidan aparte en el punto 3; si están prorrateadas en 12 nóminas, es el bruto anual entre 365.

2. Vacaciones generadas y no disfrutadas: el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas por año trabajado. Si al salir de la empresa te quedan días sin disfrutar, se compensan en dinero al salario diario. A tiempo parcial los días pendientes son los mismos y lo que baja es ese salario diario: lo explica la página de vacaciones con jornada parcial.

3. Parte proporcional de pagas extra: si tus pagas extra (normalmente verano y Navidad) no están prorrateadas en las mensualidades, se te debe la parte devengada desde el último cobro: las dos pagas al año (≈ 2/14 del salario bruto anual) × (días desde la última paga ÷ 365). Si no sabes cuál es tu caso, mira cómo saber si tu paga extra está prorrateada.

Ejemplo simplificado

Ejemplo de finiquito con salario 24.000 €/año en 14 pagas
ConceptoCálculoImporte
Salario diario ordinario (sin pagas extra)24.000 € × 12/14 ÷ 36556,36 €
15 días trabajados56,36 € × 15845,40 €
8 días de vacaciones56,36 € × 8450,88 €
Prorrata pagas extra (no prorrateadas, 182 días)(24.000 € × 2 ÷ 14) × (182/365)1.709,59 €
Finiquito bruto845,40 + 450,88 + 1.709,593.005,87 €

Metodología: cálculo propio. Salario/día = salario bruto anual ÷ 365 si las pagas extra están prorrateadas; si no lo están, (salario bruto anual × 12/14) ÷ 365, para no contar las extras dos veces (en el salario de cada día y en su prorrata). Prorrata de pagas extra (si no están prorrateadas) = dos pagas al año (≈ 2/14 del salario bruto anual) × (días desde la última paga ÷ 365). Tu convenio colectivo puede fijar importes de paga extra o periodos de devengo distintos. Referencias normativas: Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, artículos 26, 31, 38 y 49.2 (BOE).

Ejemplo resuelto

Marta termina su contrato con un salario bruto anual de 21.000 € en 14 pagas. En el mes de cese ha trabajado 10 días, tiene 12 días de vacaciones generadas y no disfrutadas, y sus pagas extra no están prorrateadas (las cobra aparte en verano y Navidad); han pasado 182 días desde que cobró la última. Así se calcula su finiquito con la misma fórmula que usa la calculadora:

  • Salario ordinario sin las pagas extra: 21.000 € × 12/14 = 18.000 €/año. Salario diario: 18.000 € ÷ 365 = 49,32 €/día.
  • Salario de los 10 días trabajados: 49,32 € × 10 = 493,15 €.
  • Vacaciones no disfrutadas: 49,32 € × 12 = 591,78 €.
  • Pagas extra devengadas: dos pagas = 21.000 € × 2 ÷ 14 = 3.000 €/año. Prorrata por los 182 días desde el último cobro: 3.000 € × (182 ÷ 365) = 1.495,89 €.
  • Total finiquito bruto: 493,15 € + 591,78 € + 1.495,89 € = 2.580,82 €.

Marta recibiría un finiquito bruto de 2.580,82 €, sin contar retenciones de IRPF ni Seguridad Social ni una posible indemnización por despido, que se calcula y se paga aparte.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente el finiquito?

Es el documento y el pago que liquida las cantidades pendientes al terminar la relación laboral: el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extra que aún no se hayan cobrado. Lo regula, entre otros, el artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores.

¿El finiquito es lo mismo que la indemnización por despido?

No. El finiquito liquida conceptos ya devengados (salario, vacaciones, pagas extra) y corresponde SIEMPRE, sea cual sea el motivo del fin del contrato, incluida la baja voluntaria. La indemnización por despido es una cantidad adicional que solo se paga en determinados tipos de despido (objetivo, improcedente) y depende de la antigüedad. Esta calculadora no calcula indemnización.

¿El resultado de esta calculadora incluye la indemnización?

No. Esta calculadora calcula únicamente los conceptos propios del finiquito (días trabajados, vacaciones no disfrutadas y prorrata de pagas extra). Si tu baja da derecho a indemnización, esa cantidad se suma aparte y depende del tipo de despido y de la antigüedad.

¿Qué pasa si ya he disfrutado más vacaciones de las que me correspondían?

Si has disfrutado más días de vacaciones de los generados hasta la fecha de baja, la empresa puede descontar ese exceso del finiquito. Esta calculadora asume que introduces el saldo neto de vacaciones pendientes (positivo) a tu favor.

¿Cuándo se debe pagar el finiquito?

La ley no fija un plazo exacto, pero la práctica y los convenios colectivos suelen situarlo en el mismo día del cese o los días inmediatamente posteriores. Si hay retraso injustificado, puedes reclamarlo, incluso con intereses por mora.

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